Conflictos de intereses: Manejables... a menos que no sean conflictos de intereses

May 15, 2018

 
Blog de Ruth Masterson, Consultora, Masterson Consulting

Todas las organizaciones sin ánimo de lucro, ya sean fundaciones o instituciones benéficas, tienen conflictos de intereses que surgen en el curso normal de sus actividades. Y todas las organizaciones sin ánimo de lucro deben ser capaces de reconocer y gestionar estos conflictos de interés para evitar que su organización se vea en un aprieto terrible, o una reputación dañada, o una pérdida de financiación. Todas las juntas directivas son también responsables de identificar situaciones que podrían, a ojos inexpertos, parecer conflictos de intereses manejables, pero que en realidad son una pendiente resbaladiza hacia prácticas ilegales como el beneficio privado y el lucro privado.

Nadie quiere experimentar la sensación de hundimiento al darse cuenta de que ha cometido un grave error que podría haber evitado completa y fácilmente.

CONFLICTOS DE INTERESES (GESTIONABLES)


Adoptar y aplicar un Política de conflictos de intereses es la mejor estrategia para gestionar esos molestos conflictos de forma preventiva, o al menos a medida que surgen, para proteger a su organización. La mayoría de las políticas sobre conflictos de intereses constan de dos secciones distintas: en primer lugar, la política propiamente dicha aprobada por la junta directiva y, en segundo lugar, un documento que firman anualmente los miembros de la junta directiva, el personal y, a veces, los voluntarios. Yo prefiero que la política de conflicto de intereses incluya también una explicación de los distintos tipos de conflictos que pueden surgir, para refrescar la memoria del lector y ayudar a que todos los miembros de la organización estén de acuerdo.

Hay muchos artículos excelentes sobre la COI; éstos son del Centro de Gestión de Riesgos sin ánimo de lucroy del Consejo Nacional de Organizaciones sin Ánimo de Lucroy Aguacate Azul se encuentran entre los mejores.

MÁS ALLÁ DE LOS CONFLICTOS DE INTERESES (ILEGALES)

En algún momento, la junta puede enfrentarse a una decisión que, a primera vista, parece un conflicto de intereses.
Por ejemplo, un miembro de la junta puede pedir o esperar un favor especial o un trato especial por parte de la organización. O puede que el Director Ejecutivo de una galería de arte quiera poner en marcha un nuevo programa de venta de obras de arte creadas por los miembros para proporcionar ingresos tanto a la organización sin ánimo de lucro como al artista.

Estar familiarizado con la gestión adecuada de los conflictos de intereses y, mejor aún, ser consciente de otras transacciones de riesgo, permite detectarlas antes de participar en ellas.

Estas prácticas incluyen:

  1. Beneficio privado,
  2. Beneficio privado, y
  3. Autogestión (sólo afecta a las fundaciones privadas).

El resumen que figura a continuación no es todo lo que necesita saber, pero estas descripciones rápidas pueden ayudarle a reconocerlos, que es el primer paso:

  1. Beneficio privado. Se habla de beneficio privado cuando cualquier persona, independientemente de su relación (o no) con la organización, obtiene algún tipo de beneficio (puede ser económico, trato preferente, etc.) de la organización que no es coherente con su finalidad benéfica exenta de impuestos. Existe el concepto de de minimis Si el beneficio privado es insustancial e incidental, tanto cualitativa como cuantitativamente, puede ser aceptable.
  2. Privado

    inurement
    .
    Obtención privada es cuando un información privilegiada obtiene más beneficios de una transacción con la organización

    que
    de lo que debería. (Recuerde que las transacciones no son sólo financieras.) Por lo tanto, cada transacción entre la organización y una persona con información privilegiada debe ser evaluada para garantizar que ninguna persona con información privilegiada está recibiendo un beneficio excesivo.

    Obsérvense tres diferencias clave entre el beneficio privado y el lucro privado que aparecen incluso en estas descripciones tan básicas:

    1. Primero,

      privado
      El beneficio privado puede implicar a cualquier persona, mientras que la ganancia privada sólo se aplica a los iniciados;

    2. En segundo lugar, si se determina que la cantidad de beneficio privado que se produce es insustancial, puede estar bien, pero con el beneficio privado, no hay margen de minimis; y
    3. En tercer lugar, el beneficio privado examina los beneficios que no son coherentes con

      caritativo
      de la organización, mientras que el beneficio privado está relacionado con el hecho de que las personas con información privilegiada obtengan más de lo que deberían de la relación con la organización.

  3. Operaciones por cuenta propia. La negociación por cuenta propia se aplica únicamente a las fundaciones privadas y es una lista exhaustiva de transacciones prohibidas entre una fundación privada y una persona inhabilitada. persona inhabilitadacon una serie de excepciones para cada tipo de prohibición. Estas normas son complicadas en el mejor de los casos, y no es exagerado decir que no son racionales. Las complejidades van mucho más allá del alcance de esta entrada de blog. La mejor publicación que conozco sobre la negociación por cuenta propia es ésta, publicada por Exponent Philanthropy.

SABER CUÁL ES CUÁL

Si el consejo de administración y todo el personal con autoridad para tomar decisiones están bien informados sobre los conflictos de intereses, el beneficio privado, el lucro privado y, en su caso, la negociación por cuenta propia, podrán detectar las transacciones arriesgadas antes de que se produzcan y realizar una evaluación informada sobre los pasos a seguir.

Estas tres prácticas conllevan graves sanciones, que en algunos casos incluyen la revocación de la exención fiscal. Si alguna vez le preocupa que su organización esté en peligro en alguno de estos ámbitos, llame a su abogado.

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