Blog 52 consejos en 52 semanas: ¿Puedo anunciar mi candidatura en la puerta de su casa?

June 12, 2020

52 consejos en 52 semanas: semana 23

En los últimos tiempos, los titulares de los medios de comunicación se han llenado de historias de candidatos a cargos políticos que utilizan organizaciones sin ánimo de lucro como telón de fondo de sus campañas sin pedir permiso y, en algunos casos, perjudicando a personas en el proceso. Para muchos, estos gráficos son inquietantes. Para otros, los gráficos son repugnantes, grotescos o peores. 

¿Qué ocurre si un candidato político se dirige a su organización para pedirle que celebre un acto de campaña, como anunciar su candidatura en el jardín delantero de la sede de su organización? ¿Qué debe hacer si un grupo de candidatos se pone en contacto con usted porque les gustaría hacer un anuncio de campaña y desean involucrar a algunas de las personas a las que usted atiende mientras reciben servicios de su organización? ¿Importa si el candidato al cargo está relacionado con su organización? ¿Y si el candidato es o ha sido miembro de la junta directiva o voluntario? ¿Importa que el candidato sea uno de sus principales donantes?

Sabemos que, en algunos casos, los candidatos fotografían primero y piden permiso después. Sabemos que, en otros casos, los candidatos captan sus imágenes con organizaciones sin ánimo de lucro de forma que crean la percepción de un apoyo implícito sin ni siquiera hablar con la organización sobre sus intenciones. Curiosamente, no debería importar si el candidato está relacionado con su organización o no a la hora de determinar si debe alinear su organización con una campaña partidista. Las organizaciones sin ánimo de lucro exentas en virtud de la Sección 501(c)(3) deben evitar situaciones en las que estén o parezcan estar respaldando a partidos políticos o candidatos a cargos electos.

Las instalaciones, la señalización, la misión y el trabajo de su organización sin ánimo de lucro son activos importantes de la misma. Tenemos que hacer todo lo posible para fomentar la confianza del público en nuestras organizaciones y, cuando los candidatos o partidos políticos quieren hacer avanzar sus campañas utilizando tu "buen nombre o marca", todos podemos salir perjudicados. Ciertamente, existe un problema potencial asociado a la pérdida de reputación, pero hay un riesgo aún mayor asociado a la pérdida de nuestro propio estatus de exención fiscal. 

Como líderes de organizaciones sin ánimo de lucro, tenemos que hacer TODO lo que podamos para evitar cualquier situación que pueda crear la apariencia de partidismo en nuestras organizaciones. Tenemos que asegurarnos de que nuestras organizaciones no están dando permiso (explícito o implícito) a candidatos o partidos políticos para que cualquiera de nuestros activos se utilice como instrumento en el proceso político partidista. Debemos evitar situaciones en las que apoyemos o luchemos contra candidatos políticos, partidos políticos o actividades partidistas. Desde su publicación en 1998, el código de las Normas para la Excelencia ha subrayado la importancia de evitar el partidismo en todas sus formas y afirma: "Al promover la participación pública en los asuntos de la comunidad, las organizaciones benéficas sin ánimo de lucro deben ser diligentes a la hora de asegurarse de que no participan ni intervienen en ninguna campaña política en nombre o en oposición a ningún candidato a un cargo público".

El IRS (instrucciones para el Anexo A del Formulario 990) establece que "Todas las organizaciones benéficas... tienen absolutamente prohibido intervenir en una campaña política a favor o en contra de cualquier candidato a un cargo público electivo. Si una organización benéfica interviene en una campaña política, perderá tanto su condición de exenta de impuestos como su capacidad para recibir contribuciones deducibles de impuestos."

Cuando los candidatos piden permiso a las organizaciones sin ánimo de lucro antes de actuar, éstas pueden estar en la mejor posición para determinar qué es partidista y qué no lo es y actuar en consecuencia. En algunos casos, los candidatos se ponen en contacto con organizaciones sin ánimo de lucro para alquilar o arrendar su espacio para necesidades relacionadas con la campaña o las elecciones y hay una serie de factores que las organizaciones sin ánimo de lucro deben tener en cuenta a la hora de decidir si seguir adelante o rechazar la solicitud con el fin de evitar actividades partidistas [1].

Cuando los candidatos actúan en primer lugar y utilizan la imagen, el edificio, el logotipo o los servicios de una organización sin ánimo de lucro como soporte de sus campañas, de forma que implique el apoyo de la organización, la organización sin ánimo de lucro debe actuar para desautorizar o desvincularse de la campaña o candidatura. Según las orientaciones del IRS, para que sea eficaz, la desautorización debe realizarse "de forma oportuna y equivalente a las acciones originales... [incluyendo] medidas para garantizar que dichas acciones no autorizadas no se repitan". [2]


Para obtener más información sobre cómo evitar situaciones en las que su organización sin ánimo de lucro parezca estar participando en política partidista, le animamos a que consulte el paquete de recursos educativos Estándares para la Excelencia Avanzar en la misión a través de la política pública. También le animamos a consultar los recursos publicados a través de la iniciativa Bolder Advocacy de la Alianza por la Justicia sobre cuestiones relacionadas.

Se puede acceder al paquete de recursos educativos de los Estándares para la Excelencia y a la serie completa de todos los paquetes - que incluyen ejemplos de políticas, herramientas y procedimientos modelo para ayudar a las organizaciones sin fines de lucro a lograr las mejores prácticas en su gobierno y gestión - poniéndose en contacto con un socio de replicación autorizado de los Estándares para la Excelencia, con uno de los más de 150 consultores autorizados de los Estándares para la Excelencia o haciéndose miembro del Instituto de los Estándares para la Excelencia.

Compartimos nuestros sinceros deseos de que sigan gozando de buena salud y paciencia mientras todos atravesamos estos tiempos difíciles e inciertos.


[1] La Sentencia 2007-41 del IRS sobre ingresos, en las situaciones 17 y 18, ofrece un análisis completo sobre si actividades como el alquiler de espacios, la venta o alquiler de listas de correo o la venta de publicidad de pago cuentan como actividad política partidista. Se tienen en cuenta diversos factores, entre ellos: si el bien, servicio o instalación está disponible para los candidatos en las mismas elecciones en igualdad de condiciones; si el bien, servicio o instalación está disponible únicamente para los candidatos y no para el público en general; si los honorarios cobrados a los candidatos se ajustan a las tarifas habituales y usuales de la organización, y si la actividad es una actividad continua de la organización o si se realiza únicamente para un candidato concreto. Para más información, consulte el Boletín de Impuestos Internos.

[2] Internal Revenue Service 2002 CPE Text Election Year Issues-Attribution and Disavowal. Esta discusión se centró en los líderes de la organización, pero parece proporcionar ayuda para este tema también.

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